Otras àreas

El Derecho de Familia tiene muchos otros aspectos, además de las crisis matrimoniales,  y hay otras ramas del derecho con las que puede  estar estrechamente relacionado, como es el caso del Derecho Penal. Por ello, ofrecemos también asesoramiento legal sobre cuestiones de filiación, protección de las personas (incapacitación), violéncia de género y sucesiones.

  • Pactos y capítulos matrimoniales.-El ordenamiento jurídico vigente permite que los cónyuges puedan determinar las reglas económicas que regularán su matrimonio, así como las consecuencias de una posible ruptura. En Catalunya, esta posibilidad se utiliza poco, a diferencia de lo que sucede en otros países en los que la regulación de esas cuestiones económicas es muy frecuente.
  • Maternidad subrogada.-La gestación por sustitución (gestación subrogada o madre de alquiler) está prohibida en España. Los ciudadanos españoles que quieran tener hijos por este método deben acudir a países en los que este proceso sea legal. Hay muchas agencias que se dedican a poner en contacto a los futuros padres con madres de alquiler. Sin embargo, ni en todos los países ni todas las agencias respetan igual los derechos de unos y otros, lo que puede dificultar, e incluso impedir, el reconocimiento de la paternidad en España. Por este motivo, es imprescindible que los futuros padres estén convenientemente asesorados, para poder disfrutar de la gestación con tranquilidad y la seguridad de que su hijo será reconocido como tal en España.
  • Filiación.- La normativa legal vigente atribuye derechos y obligaciones entre las personas que mantienen una relación paterno-filial. Hay casos en que esta relación puede ser impugnada y, al contrario, hay otros  en los que se puede instar su reconocimiento.
  • Incapacidad.- Los procedimientos de incapacitación tienen por objeto la protección de las personas cuyas aptitudes psíquicas o físicas sufren una merma que les impide gobernarse por sí mismos. La decisión judicial puede ir desde el establecimiento de una tutela hasta el nombramiento de un defensor judicial o de un asistente.

 

  • ¿Qué entendemos por violencia de género?
    De manera general, existe cuando la víctima de las lesiones, el maltrato habitual, las coacciones o las amenazas sea, o haya sido, cónyuge o pareja del autor de las acciones, aunque no haya convivencia en aquel momento. También pueden sufrirla los descendientes, ascendientes o hermanos del cónyuge o conviviente, y también los menores o mayores de edad incapaces que vivan con él o ella, así como las personas que se encuentran sometidas a custódia en centros públicos o privados a causa de su especial vulnerabilidad.
  • En estos casos, resulta muy importante actuar con rapidez y usar los mecanismos de protección que ofrece la normativa vigente. Por ejemplo, se puede pedir una orden de alejamiento, incluída la prohibición de comunicación. Iniciar un procedimiento penal no es incompatible con la adopción de las medidas cautelares civiles que sean precisas, como el uso el domicilio, el pago de una cantidad en concepto de alimentos etc...
  • El Código Penal recoge otros tipos delictivos como el impago de la pensión de alimentos, la sustracción de menores, el abandono de família etc...
  • Si usted piensa que puede ser objeto de alguna de estas formas de violencia, no tenga miedo y llámenos.
     

Muchas personas son reticentes a hacer el testamento y mueren sin haber determinado claramente su última voluntad. Este hecho origina gran cantidad de conflictos entre familiares y beneficiarios, hasta el punto de provocar un verdadero deterioro de las relaciones personales.

Una adecuada planificación en vida sobre el destino de esos bienes puede evitar la mayoría de problemas. Actualmente, los divorcios forman parte de la vida cotidiana y son habituales los casos en que una persona divorciada forma una nueva familia. Ello puede generar nuevos descendientes o la entrada en escena de una nueva familia política, de modo que bienes que originalmente tenian una clara naturaleza familiar pueden acabar pasando a personas más allá de la voluntad inicial del propietario actual. Los conflictos por esa razón son numerosos, pero es posible evitarlos con unas cuantas horas de trabajo. Asimismo, una buena planificación puede disminuir los efectos tributarios que pudieran existir.

Merecen especial mención los derechos del cónyuge viudo, con incidencia en el ámbito de las pensiones de la Seguridad Social y en los contratos de seguros de vida y muerte. Tanto si el testador no prevé una separación o divorcio,  como si lo hace, ha de estar perfectamente informado de los derechos del cónyuge viudo para obrar en consecuencia.

Una de las figuras legales más importantes, aunque poco utilizada, es la del albacea. En esencia, su función es la de hacer cumplir la voluntad del testador interviniendo en el reparto cuando sea necesario. Esta es, justamente, una de las funciones que nuestros clientes nos encargan: confían en nosotros y nos designan albacea.

Por todo ello, intervenimos en todos estos aspectos

  • Tramitación y asesoramiento para la redacción de testamentos
  • Aceptación de herencia
  • Reclamaciones judiciales por incumplimiento de la última voluntad
  • Desheredamientos
  • Protocolización de testamentos hológrafos
  • Partición de herencias
  • Intervención del caudal hereditario
  • Derecho a la legítima
  • Negociación en matéria de testamentos
  • Hipoteca inversa y renta vitalícia