Coronavirus y custodia de los menores

 

Esta situación excepcional en que nos encontramos no tiene precedentes. La declaración de pandemia y de estado de alarma plantea una serie de interrogantes que nunca se habían presentado antes. Esencialmente, las consultas  que recibimos en nuestro despacho de abogados de Familia son de dos tipos: si hay que hacer los cambios de custodia de los hijos menores, teniendo en cuenta el estado de alarma, y, si la respuesta es afirmativa, cómo hay que hacer estos cambios de custodia.

Las respuestas que ahora expondremos son un resumen de los criterios adoptados por los Juzgados de Familia de Barcelona y de los consejos que ha emitido el Il-lustre Col-legi de l’Advocacia de Barcelona (ICAB). Consideramos que se trata de unas orientaciones plenamente aplicables en cualquier lugar de Catalunya.

Por un lado, debe quedar bien claro que la declaración de estado de alarma y las medidas restrictivas que se han adoptado no justifican el incumplimiento de las resoluciones judiciales. Es decir, que lo que establece  la sentencia o el convenio regulador aprobado, hay que cumplirlo.

Eso significa que, aún a pesar de las restricciones de circulación, se permite el uso del vehículo si es para efectuar un cambio de custodia. Sin embargo, los progenitores deberán observar, siempre, las normas establecidas por la autoridad gubernativa y sanitaria para evitar la propagación del coronavirus.

Pero si alguno  de los progenitores presenta síntomas de contagio o ha resultado positivo en un test del Covid-19, el interés de los hijos menores de edad (y para evitar el contagio) convierte en preferible que la custodia sea ejercida por el otro progenitor. En ese caso se entiende que hay una “fuerza mayor” que permite suspender provisionalmente las medidas establecidas por el juzgado.

Se pone un acento especial en que el progenitor con quien está el hijo o los hijos  ha de facilitar, todavía con mayor intensidad, el contacto de los menores con el otro progenitor, preferiblemente a través de medios que permitan el contacto visual, como skype, facetime o whatsapp vídeo.

No obstante todo lo que hemos expuesto, tanto los jueces como el ICAB exhortan a los progenitores a buscar acuerdos y a incrementar la cooperación. Esta recomendación, que vale para siempre, se hace de manera más intensa mientras dure la presente situación de confinamiento y excepcionalidad.

O sea, que hay que usar el sentido común y tener presente que lo más importante es el interés del menor y su salud.