Divorcios

¿Qué pasa si los progenitores no quieren vacunar a sus hijos menores de edad?

A partir de este 4 de agosto, en Catalunya ya se puede administrar  la vacuna contra el Covid-19 a menores  de entre 12 y 15 años. Ya hace tiempo que otras comunidades lo están haciendo, y todo hace pensar que, dentro de unes semanas,  se abrirá la vacunación a franjas de edad inferiores. Los menores que se encuentran en estas franjas están todavía sujetos a la potestad parental que ostentan ambos progenitores. ¿Qué puede suceder, pues, si uno de los progenitores no quiere que el hijo o la hija se vacune? O, aún más, ¿qué puede pasar si ambos progenitores se oponen a la vacunación?

Coronavirus y custodia de los menores

Esta situación excepcional en que nos encontramos no tiene precedentes. La declaración de pandemia y de estado de alarma por el coronavirus plantea una serie de interrogantes que nunca se habían presentado antes. Esencialmente, las consultas  que recibimos en nuestro despacho de abogados de Familia son de dos tipos: si hay que hacer los cambios de custodia de los hijos menores, teniendo en cuenta el estado de alarma, y, si la respuesta es afirmativa, cómo hay que hacer estos cambios de custodia.

La imagen de los menores

¿Cómo hay que tratar las imágenes de los menores de edad en las redes sociales y en internet en general? Pensemos que los estudios efectuados señalan que  tres de cada cuatro menores de dos años tienen su fotografía colgada en alguna red social, sólo por poner un ejemplo.

Pues bien, las imágenes son datos personales y, como tales, están incluidas en la Ley Oficial de protección de Datos. Por tanto, la publicación de fotografías o vídeos de menores exige, en primer lugar, el consentimiento del niño o de la niña  cuando tenga capacidad para darlo (el Tribunal Supremo considera que es a partir de los 14 años) y, si no se tiene esa capacidad, entonces es imprescindible la autorización de los padres o de los tutores legales. Sin esa autorización, se vulneraría el derecho a la intimidad del menor, protegido por el art. 18 de la Constitución, así como las leyes de protección del Honor y de Protección del Menor.

¿Puedo irme de casa?

“Quisiera marcharme de casa, pero no lo puedo hacer porque sería un abandono del hogar”, es una reflexión que recibimos, con cierta frecuencia, los abogados que nos dedicamos al Derecho de Familia. Y es una reflexión equivocada. Irse de casa, de manera civilizada, para evitar males mayores cuando la convivencia ya está muy deteriorada, no es “abandono del hogar” ni tiene que presuponer, de forma alguna, el futuro desenlace del divorcio o separación.

Impuestos y divorcios

Divorciarse o separarse significa, esencialmente, cambiar de estado civil. Pero, al propio tiempo, tanto el divorcio como la separación pueden tener otros efectos que no son tan evidentes: las consecuencias fiscales, los impuestos. Cuando emprendemos un procedimiento de divorcio, es necesario que los abogados de familia asesoremos adecuadamente sobre las repercusiones fiscales que puedan llegar a producirse. Por ello, aunque ya hemos hablado de esta cuestión anteriormente, es bueno refrescar la memoria.

Los alimentos de los hijos mayores de edad

¿Hay que pagar una pensión de alimentos a los hijos mayores de edad? ¿Qué incluye? ¿Hasta cuándo hay que pagar? Son preguntas que los abogados de familia acostumbramos a recibir de manera repetida. El Codi Civil de Catalunya prevé que se puedan establecer alimentos para hijos mayores de edad y que se mantengan hasta que esos hijos tengan ingresos propios o estén en condiciones de tenerlos. ¿Qué incluyen los alimentos para los hijos mayores de edad? Incluyen aquello que sea indispensable para su mantenimiento, habitación, vestido y asistencia médica, así como los gastos de continuación de la formación, siempre que el hijo mantenga un rendimiento regular y no la haya terminado antes por una causa que no le sea imputable. Son distintos de los alimentos para los hijos menores de edad, que se entienden en un sentido mucho más amplio y no sólo para cubrir las necesidades indispensables.

Violencia y guarda compartida

¿Puede establecerse la guarda compartida cuando existe violencia de género? El artículo 233–11.3 del Codi Civil de Catalunya es muy claro cuando dispone que no puede atribuirse la guarda al progenitor contra el que se haya dictado una sentencia firme por actos de violencia familiar o machista, si los hijos han sido o pueden ser víctimas directas o indirectas. Tampoco puede atribuirse la guarda al progenitor mientras haya indicios fundamentados de que ha cometido actos de violencia familiar o machista de los que los hijos hayan sido o puedan ser víctimas directas o indirectas. Una lectura cuidadosa del precepto permite interpretar que es factible el establecimiento de la custodia compartida aunque exista una sentencia condenatoria de violencia de género. Lo determinante será que el menor no haya sido víctima directa ni indirecta de la violencia

Ya tengo 16 años. ¿Qué puedo hacer?

Una consulta que recibimos a menudo los abogados especialistas en Derecho de Familia: “mi hijo me dice que ya ha cumplido los dieciséis y puede trabajar; ¿es cierto?”. Pues, si hay que dar una respuesta corta y directa, es cierto: con 16 años, chicos y chicas ya pueden casarse, emanciparse y trabajar.... pero con matices.Aunque las diversas legislaciones autonómicas no son enteramente uniformes sobre la cuestión (hasta no hace mucho, por ejemplo, en Asturias se podía comprar alcohol a partir de los 16), a través de las edades se puede establecer un acceso gradual a la plena personalidad jurídica que se alcanza a los 18 años.

El impago de la pensión de alimentos. Jaume Codina en Els Matins de TV3

"Mi pareja no paga la pensión de alimentos para los niños. ¿Qué puedo hacer?" Como abogado de Familia, especialista en divorcios y separaciones, ésta es una de las preguntas que acostumbramos a recibir con regularidad, especialmente a causa de la crisis económica. ¿Qué hay que hacer? ¿Cómo se puede actuar? ¿Qué plazos hay? Este ha sido el tema central de nuestra última intervención en Els Matins de TV3.

La crisis económica y las crisis de pareja

Divorcios y separaciones en 2013. Descenso en relación a 2012. ¿Es por culpa de la crisis económica? En cambio, crecen las demandas de modificación de medidas y las de guarda y alimentos para hijos no matrimoniales, en otras palabras, los "divorcios" de las parejas de hecho.
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