menores

¿Qué pasa si los progenitores no quieren vacunar a sus hijos menores de edad?

A partir de este 4 de agosto, en Catalunya ya se puede administrar  la vacuna contra el Covid-19 a menores  de entre 12 y 15 años. Ya hace tiempo que otras comunidades lo están haciendo, y todo hace pensar que, dentro de unes semanas,  se abrirá la vacunación a franjas de edad inferiores. Los menores que se encuentran en estas franjas están todavía sujetos a la potestad parental que ostentan ambos progenitores. ¿Qué puede suceder, pues, si uno de los progenitores no quiere que el hijo o la hija se vacune? O, aún más, ¿qué puede pasar si ambos progenitores se oponen a la vacunación?

La imagen de los menores

¿Cómo hay que tratar las imágenes de los menores de edad en las redes sociales y en internet en general? Pensemos que los estudios efectuados señalan que  tres de cada cuatro menores de dos años tienen su fotografía colgada en alguna red social, sólo por poner un ejemplo.

Pues bien, las imágenes son datos personales y, como tales, están incluidas en la Ley Oficial de protección de Datos. Por tanto, la publicación de fotografías o vídeos de menores exige, en primer lugar, el consentimiento del niño o de la niña  cuando tenga capacidad para darlo (el Tribunal Supremo considera que es a partir de los 14 años) y, si no se tiene esa capacidad, entonces es imprescindible la autorización de los padres o de los tutores legales. Sin esa autorización, se vulneraría el derecho a la intimidad del menor, protegido por el art. 18 de la Constitución, así como las leyes de protección del Honor y de Protección del Menor.

La responsabilidad penal de los menores de edad

¿Qué sucede si un menor de edad comete una acción delictiva? ¿Qué responsabilidad tendrá el menor? ¿Qué responsabilidad tendrán los progenitores? La vigente ley dice que las personas menores de 14 años no son imputables ni tienen ninguna responsabilidad penal.El Código Penal establece la mayoría de edad penal a los 18 años. El artículo 19 lo dice claramente:”los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente”, aunque añade que “cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable según lo que dispone la ley que regula la responsabilidad penal del menor”. Por otro lado, esta ley introduce un régimen específico para mayores de 14 años y menores de 18, según el cual se les podrá exigir responsabilidades penales por la comisión de hechos delictivos tipificados por el Código Penal. Y, en este punto, en lugar de “penas”, los menores reciben “medidas” orientadas a la reeducación

La imagen de los menores en las redes sociales

Para poder publicar la imagen de un menor en internet, hace falta el consentimiento de ambos progenitores. Estamos ante una cuestión de potestad parental y no, simplemente, de mera guarda.
Suscribirse a menores Suscribirse a Blog