prestación compensatoria

Prestación compensatoria y pareja de hecho

Hay que dejar claro que la prestación compensatoria no existe cuando se trata de la disolución de una pareja de hecho. El Codi Civil de Catalunya sólo contempla la posibilidad de establecer una prestación compensatoria en los casos de divorcio y separación matrimonial, nunca cuando se extingue una pareja de hecho.

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