derecho de familia

La universidad de los hijos: ¿gasto ordinario o extraordinario?

La universidad de los hijos ¿ es un gasto ordinario o extraordinario? Esta es una pregunta que los abogados especialistas en Derecho de Familia recibimos a menudo, especialmente en esta época de exámenes de selectividad y elección de carrera. Pues bien, la respuesta debe ser forzosamente ambigua: depende.

Derecho al ajuar y usufructo universal del cónyuge superviviente

Los derechos sucesorios del cónyuge o pareja de hecho superviviente son, básicamente, el derecho al ajuar de la vivienda familiar, el año de viudedad, el usufructo universal en caso de sucesión intestada y la cuarta viudal

Menores y violencia indirecta

El Codi Civil de Catalunya establece (art.233-11.3) que no se puede atribuir  la guarda al progenitor contra el  cual se haya dictado una sentencia firme por actos de violencia familiar o machista de los que los hijos hayan sido o puedan ser víctimas  directas o indirectas. Asimismo,  el CCCat establece que, en interés de los hijos, tampoco se pueda atribuir la guarda al progenitor mientras haya indicios fundamentados de que ha cometido actos de violencia familiar  o machista de los que los hijos hayan sido o puedan ser víctimas directas o indirectas.Cuando los hijos son o pueden ser víctimas de violencia directa, la situación es clara y las disposiciones de la ley son taxativas:  no puede haber atribución de la guarda. Lo mismo sucede en el caso de que ya se haya dictado una sentencia por actos de violencia familiar o machista  y esa sentencia ya sea firme. En cambio, cuando se trata de una situación en la que hay que valorar si se dan “indicios fundamentados de que se han cometido actos de violencia familiar o machista de los que los hijos hayan sido o puedan ser víctimas directas o indirectas”, las cosas no son tan claras.

Más divorcios.¿El fin de la crisis?

Los datos del Consejo General del Poder Judicial son contundentes: durante el año 2014, las demandas de divorcio, separación o nulidad matrimonial crecieron un 6,9% en relación al año anterior. Y, dentro de todas estas crisis matrimoniales, se observa también un aumento considerable de las que se resuelven de común acuerdo, sin tener que ir a parar a un procedimiento contencioso. Son cifras que se colocan al nivel de las que hubo en 2008, antes del inicio de la crisis, y, en algunos casos, incluso las superan. ¿Significa ello que la crisis económica ya es historia? Existen otros factores que intervienen en ese incremento.
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